Estudio Jurídico BEDER




El Estudio
El Estudio Jurídico Beder fue fundado en el año 1.975 por el Dr. Cecilio Leonardo Beder, con el primigenio objetivo de brindar asesoramiento integral en materia de asistencia legal.
Con el transcurso de los años, ha logrado posicionarse en la primera línea de un campo de actividad en constante evolución y desarrollo, erigiéndose en uno de los Estudios Jurídicos de mayor relevancia local.
El crecimiento del Estudio responde directamente a los cimientos sentados por su creador, los cuales son fruto de la dedicación, el esfuerzo y la correcta aplicación e interpretación de las herramientas legales vigentes.
Servicios
Brindamos asistencia jurídica en las más amplias ramas del Derecho:
- Civil y Comercial
- Familia y Sucesiones
- Previsional
- Laboral
- Público y Administrativo
Ultimas novedades jurídicas

8 de MAYO DE 2015.-
Fallo de la Justicia Federal de Bahía Blanca - incorporación de adicionales al haber de pensión de una beneficiaria del IAF - Pago de retroactivos contra la Armada Argentina. Click aquí para ver la sentencia.-

4 de MAYO DE 2015.-
REAJUSTE DE HABERES PREVISIONALES - FALLOS DE LA JUSTICIA FEDERAL DE BAHIA BLANCA
En fecha 24/4/2015 el Juzgado Federal de Bahía Blanca n° 2 determinó la aplicación del precedente "ELLIFF" de la Corte Suprema Nacional para recalcular el haber previsional de un jubilado, y abonar el retroactivo que en consecuencia se devengue.

24 de FEBRERO DE 2015.-
GARANTÍA DEL HABER MINIMO para aquéllos beneficiarios de RENTA VITALICIA PREVISIONAL. Fallo de la Cámara de Apelaciones Federal de Bahía Blanca. El tribunal obligó a ANSES a integrar la renta vitalicia que percibía una pensionada hasta alcanzar el haber mínimo garantizado, con más sus diferencias retroactivas, fundándose en el art. 125 de la ley 24241. EL FALLO AQUI.-


6 de JUNIO DE 2014.-
JUBILACIÓN SIN APORTES. EXTENSIÓN DE LA MORATORIA: En los próximos días estará entrando al Parlamento un proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo, mediante el cual se extenderá el período de moratoria previsional vigente, posibilitando a quienes estén en edad de jubilarse (65 años los hombres, 60 las mujeres) y no cuenten o no les alcancen los aportes realizados, la "compra" de los años faltantes a través de este sistema. El término de la moratoria se amplía de septiembre de 1993 hasta diciembre de 2003, otorgando derecho a jubilarse a quienes cuenten con edad para ello.-
17 de ABRIL DE 2014.-
Certificado expedido por el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires y la Caja de Previsión Social de Abogados al Dr. Beder, con motivo de su asistencia al II ENCUENTRO PROVINCIAL DE DIRIGENTES en Azul, los días 10 y 11 de Abril de 2014.-

23 de MARZO DE 2014.-
Todos aquéllos beneficiarios de rentas vitalicias previsionales que estén percibiendo menos del haber mínimo garantizado por el Estado Nacional ($2757) tienen derecho a que ANSeS integre la diferencia correspondiente hasta llegar a la jubilación mínima. Así lo ha determinado el Juzgado Federal N° 1 de Bahía Blanca. EL FALLO AQUÍ.
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